El
Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana contará con una nueva
Ordenanza Municipal de Limpieza urbana, adaptada a la Ley estatal de
residuos y suelos contaminados aprobada por las Cortes Generales en
julio del año pasado.
La
aprobación inicial de esta nueva Ordenanza reguladora del servicio
municipal de limpieza y recogida de residuos domésticos será
propuesta por el concejal responsable del área de Servicios y
Planeamiento, Fernando González Montoro, al próximo pleno de la
Corporación, que se celebra este viernes en Tunte.
“Esta
Ordenanza parte de la idea de que el método más eficaz y económico
de limpiar el municipio es no ensuciarlo, y con ella pretendemos
regular el derecho que tenemos todos los vecinos a vivir en un
municipio limpio, pero también el deber de no ensuciarlo, y eso
conlleva la necesidad de cambiar determinados hábitos y
comportamientos para ensuciar mucho menos”, afirma el edil González
Montoro.
Entre
esos hábitos que requieren de un cambio de mentalidad destacan sobre
todo un uso mayor de las papeleras públicas para evitar el arrojo de
pequeñas basuras a las calles, como papeles de envoltorios, chicles,
colillas, anillas o incluso latas de refrescos, platos de cartón,
vasos o bolsas plásticas.
Asimismo,
esta normativa municipal exige también una nueva forma de proceder
por parte de los propietarios de animales domésticos o de compañía,
por la seria problemática que plantean sus eyecciones y deposiciones
en el mantenimiento de la limpieza de los espacios públicos.
También
se pretende evitar el abandono incontrolado de papeles, objetos
escombros y otros residuos fuera de los espacios de recogida como
papeleras, cubos, contenedores o autocompactadores, siguiendo las
normas, horarios y sistemas establecidos.
La
Ordenanza, que obliga a evitar y prevenir el ensuciamiento del
municipio, regulará la limpieza de las vías públicas y de los
solares de propiedad municipal, así como la inspección y limpieza
subsidiaria de los solares privados; la recogida de los residuos
domésticos, y la acumulación, carga, transporte y vertido de
tierras, escombros y otros materiales similares provenientes de
obras, construcciones o derribos.
Los
solares
En
cuanto a los solares, se requiere a sus propietarios mantenerlos
limpios de desechos y residuos, y en las debidas condiciones de
salubridad, seguridad y ornato, y eso incluye la exigencia de
desratización y desinfección de los mismos al menos una vez al año.
También
se pretende con esta ordenanza evitar los vertidos de bolsas de
basuras domésticas en las papeleras públicas de los parques y
plazas, y favorecer en cambio una actitud medioambiental dirigida a
la separación de basuras y su depósito en contenedores específicos.
Entre
otras medidas, la Ordenanza prohíbe en la vía pública acciones
comunes como el vaciado de aguas, la satisfacción de las necesidades
fisiológicas; el lavado, reparación y cambio de aceites de los
coches; sacudir ropas y alfombras; el abandono de carros de
supermercado, la limpieza de hormigoneras y los atentados contra las
papeleras o contenedores.
La
cartelería
La
Ordenanza prohíbe la fijación de pegatinas o carteles en cualquier
soporte de la vía pública como postes de alumbrados, cabinas,
mobiliario, fachadas, muros o paredes salvo que se cuente con
autorización expresa. Serán responsables de la infracción tanto
las personas que ejecutan la acción como las empresas que promueven
o gestionan dicha publicidad. También se prohíbe el el arrojo de
octavillas de propaganda y las pintadas o grafitis.
Jardinería
y poda
Por
esta Ordenanza, los propietarios y responsables de áreas ajardinadas
de viviendas, hoteles, centros comerciales y complejos alojativos en
general están obligados a recoger y eliminar por sus propios medios
los restos de jardinería y poda.
Asimismo
queda prohibido la quema o el depósito o vertido de esas podas en la
vía pública, en cualquier clase de terreno público o privado, o en
el interior de los contenedores o autocompactadores destinados a la
recogida de residuos domésticos.
El
título doce de esta normativa municipal contempla el régimen
sancionador contra las infracciones tipificadas en la misma, y la
imputación de responsabilidad y los criterios de graduación de las
sanciones. Se estipulan sanciones que van desde los 60.101 euros por
infracciones muy graves hasta los 3.005 euros por infracciones leves,
incluidos los apercibimientos públicos.
PUBLICIDAD