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miércoles, 4 de julio de 2012

Canaragua pone un servicio gratuito de defensa para sus consumidores


  
  Los vecinos del municipio de San Bartolomé de Tirajana cuentan desde este miércoles con un nuevo servicio de defensa y protección de sus derechos como clientes de la empresa concesionaria del abastecimiento público y domiciliario de agua potable.

 Canaragua se suma así a la oferta del servicio de mediación o arbitraje ‘Customer Counsel’ que ya está operativo para los clientes de la práctica totalidad de las empresas filiales de Aguas de Barcelona (AgBar), en el territorio español, y cuya función principal es atender las reclamaciones de última instancia dentro de esa compañía.

 Con este servicio, que corre a cargo de Lluís Martínez Camps, presidente del Consejo de Participación Ciudadana en la Fundación Sanitaria del Valle del Mollet, Canaragua ofrece a los vecinos de este municipio la posibilidad de contar con una figura que trabaja en la obtención de soluciones consensuadas y alternativas entre la empresa y sus clientes para evitar litigios largos y costosos.

El Customer Counsel también es el responsable de elaborar un informe que dictamina una resolución final de obligado cumplimiento para la empresa y voluntaria para el cliente en aquellos casos de conflicto en el que no se logra una solución consensuada entre ambas partes.


 Este servicio de mejora en la atención de los usuarios le fue presentado este miércoles al Ayuntamiento a través de los ediles responsables del área de Planeamiento y Servicios Municipales, Fernando González Montoro, y de la Concejalía de Abastecimiento de Aguas y Saneamiento, Jerónimo Guedes Herrera.



 Este símil de árbitro actúa cuando los clientes solicitan su mediación por posibles desacuerdos con las respuestas a reclamaciones formuladas a los servicios de atención de la empresa. Las solicitudes de tal mediación se podrán formular mediante petición por escrito en la oficina presencial o a través de la oficina virtual (Internet).

 La decisión del Customer Counsel sobre la aceptación o desestimación de las reclamaciones se comunica en un plazo de tres días. Si es aceptada se le asigna a los clientes una clave o número identificativo para facilitar su seguimiento. En cualquier caso, la resolución final de este mediador se le comunica a los reclamantes en un plazo máximo de dos meses.

 Esta figura cuenta con su propio reglamento de funcionamiento, en el que se estipula que su operatividad se regirá siempre por los principios de objetividad y equidad, y que promoverá el diálogo entre la empresa y sus clientes siguiendo “los principios de la buena fe y la confianza recíproca”.

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